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Preguntas Frecuentes

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Preguntas Frecuentes

Política de gratuidad

Los principales lineamientos a nivel nacional sobre acceso al beneficio de gratuidad en la matrícula, descripción, duración, renovación, validación de requisitos entre otros, se encuentran regulados a nivel nacional a través del Reglamento Operativo sobre Política de Gratuidad en la Matrícula de los Programas de Pregrado de las Instituciones de Educación Superior Públicas, expedido por la Junta Administradora de la Política de Gratuidad en la Matrícula, en enero de 2024, el cual se encuentra públicamente disponible en el siguiente enlace: www.mineducacion.gov.co/1780/articles-419388_recurso_2.pdf  

El ABC de la implementación de la Política de Gratuidad en la Matrícula en IES públicas a partir del período 2024-1: https://www.mineducacion.gov.co/portal/Educacion-superior/Politica-de-Gratuidad-Puedo-Estudiar/419531:Politica-de-Gratuidad-Puedo-Estudiar  

Conoce el paso a paso para entrar a estudiar en la Universidad Militar con Política de Gratuidad en el siguiente enlace: https://umng.edu.co/gratuidad/

No, para para poder acceder a la Política de Gratuidad es necesario estar matriculado, es por esto, que primero debe realizarse la inscripción a un programa de Tecnológico o de Pregrado de la Universidad y durante el proceso de admisión aportar la documentación e información necesaria para poder ser postulado al acceso de la Política de Gratuidad. 

Estos documentos se deben presentar solamente para acceder a la Política de Gratuidad y no para renovar el beneficio. 

En cumplimiento del parágrafo del artículo 11 del Reglamento operativo expedido por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) (para visualizar ingrese al siguiente vinculo: VER REGLAMENTO OPERATIVO) la pertenencia a los grupos poblacionales establecidos se validará así: 

  • Estrato socioeconómico 1, 2, 3 o sin estrato con copia del recibo de servicio público del núcleo familiar del estudiante con fecha de expedición no mayor a 180 días que evidencie el estrato social. 
  • La dirección registrada por el aspirante en el sistema de información de la Universidad al momento de formalizar la inscripción debe ser la misma del recibo de servicios público aportado. 
  • La pertenencia de los aspirantes a poblaciones indígenas, Rrom, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, debe demostrarse aportando certificado en archivo expedido por el Ministerio del Interior. 
  • La pertenencia de los aspirantes a población víctima del conflicto mediante la presentación del certificado del Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas-UARIV. 
  • La población con discapacidad mediante certificación expedida por el Ministerio de Salud a través de las secretarías de salud municipales o departamentales. 
  • Las comunidades campesinas mediante la presentación del diploma de bachiller otorgado por una institución educativa ubicada en una zona rural del país clasificado por el Directorio Único Educativo – DUE.
  • La población privada de la libertad, mediante la certificación expedida por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.

 

Sisbén A, B o C, mediante la presentación del certificado del Departamento Nacional de Planeación de la consulta realizada que debe evidenciar lo siguiente:  

  •  La fecha de consulta no debe ser mayor a 30 días calendario al momento de ser aportada para el proceso de admisión.
  • Grupo del SISBEN en el cual se encuentra clasificado el aspirante y que debe corresponder a los grupos A, B o C en cualquiera de sus subgrupos. 
  • Nombres, apellidos y números de documento de identidad del ASPIRANTE, lo cual debe coincidir con el número y tipo de documento aportado como requisito de matrícula. Si el aspirante es mayor de edad y en la base del SISBEN no ha efectuado la actualización del documento con la debida anticipación, no se tendrá en cuenta para reportarlo al Ministerio de Educación Nacional como potencial beneficiario de la Política de Gratuidad.
  • Datos de contacto de la Oficina SISBEN. 

Adicionalmente el estudiante deberá aportar el Formato declaración de autenticidad documental y veracidad de la información, en formato PDF totalmente diligenciado y firmado.

Sí, para poder acceder a la Política de Gratuidad no es necesario estar en primer semestre, incluso no es necesario presentar documentos puesto que si el estudiante ha estado matriculado es posible que haya sido caracterizado ante el Ministerio de Educación Nacional y que dicha entidad haya efectuado la validación de requisitos, por lo cual, es pertinente hacer lo siguiente: 

  • Consultar la base de datos de la UMNG sobre asignación de beneficios, de estar incluido con periodos financiables es procedente la asignación de este.
  • En caso de no estar en la base de datos de la UMNG sobre asignación de beneficios, es pertinente validar la pertenencia a alguno de los grupos poblacionales establecidos en el numeral 3 del artículo 11 del Reglamento Operativo 2024 y cerciorarse que la entidad que lo acredita en determinada base de datos tenga el dato actualizado para consulta y validación a nivel nacional (por ejemplo: validar que el DNP incluya su documento de identidad actualizado en la consulta de información del SISBEN: https://www.sisben.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.html). Esto aplica para acreditar la pertenencia a alguno de los siguientes grupos: 
    • Población indígena.
    • Población Rrom.
    • Comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
    • Población víctima del conflicto.
    • Población privada de la libertad.
    • Grupos A, B o C del Sisbén IV, en cualquiera de sus subgrupos.

En caso de no estar en la base de datos de la UMNG sobre asignación de beneficios y considerar que acredita la pertenencia a alguno de los siguientes grupos debe actualizar la información y documentación por medio de la Plataforma Univex previo al inicio de cada período académico: 

  • Estrato socioeconómico 1, 2, 3 o sin estrato.
  • Población con discapacidad.
  • Comunidades campesinas. 

La política de Gratuidad cubre el total de créditos del programa de formación o desde pe período académico en que acceda a ésta. 

Únicamente aplica para programas de pregrado en Instituciones de educación superior, los cuales pueden ser de formación técnica profesional, tecnológica o profesional universitaria, incluyendo la formación por ciclos propedéuticos. Es decir, cualquiera de estos: https://umng.edu.co/programas/?_filtro_nivel_academico=pregrado

El beneficio que se otorga en el marco de la Política de Gratuidad en la Matrícula consiste en el pago del valor de la matrícula ordinaria neta. 

La matrícula ordinaria neta corresponde al valor inicialmente liquidado por las instituciones de educación superior públicas por concepto de matrícula, menos la aplicación de los descuentos o apoyos a los que el estudiante tenga derecho tales como: votaciones por sufragio electoral, becas, apoyos de las entidades territoriales y de las mismas instituciones de educación superior públicas u otras fuentes o conceptos. Este valor no incluye el pago de derechos pecuniarios por cursos intersemestrales, derechos de grado, cobros complementarios, extraordinarios, extemporáneos, administrativos, ni ningún otro derecho pecuniario o concepto que no esté explícitamente contemplado en el presente reglamento (Artículo 9 Reglamento Operativo 2024). 

Para conocer si es beneficiario definitivo de la Política de Gratuidad es pertinente verificar en el correo electrónico institucional que haya recibido la asignación del beneficio, así como, Consultar la base de datos de la UMNG sobre asignación de beneficios. 

Es potencial beneficiario el estudiante nuevo o el estudiante antiguo que es notificado de tal condición por parte de la Universidad y es postulado por primera vez para acceder al beneficio de la Política Estatal de Gratuidad en la Matrícula. Esto representa que, para poder ser postulado ante el Ministerio de Educación Nacional para la verificación de requisitos con fines de acceso a la Política de Gratuidad, la Universidad les aplicará en los recibos de matrícula un concepto preliminar por el valor neto del período académico, sin que esto signifique la asignación directa del beneficio. 

La aplicación del concepto preliminar por el valor neto del período académico tiene por finalidad que:  

No haya necesidad que efectúen el pago de la matrícula previo al inicio del período académico correspondiente, considerando las situaciones socioeconómicas de los estudiantes. 

Que puedan acreditar, ante el Ministerio de Educación Nacional, el requisito de ser estudiantes matriculados conforme el Reglamento Operativo de Política de Gratuidad, ya sea para acceder o renovar el beneficio, mientras se giran los recursos por parte del Ministerio de Educación Nacional o el ente financiador correspondiente. 

De ser reconocidos como beneficiarios definitivos de la Política de Gratuidad, se les mantendrá el concepto de gratuidad en el recibo de matrícula y tendrán, en adelante, por el número de períodos que determine el Ministerio de Educación Nacional, la renovación del beneficio e incluso la financiación de períodos adicionales por rezago académico, siempre y cuando, cumplan los lineamientos del Reglamento de Política de Gratuidad que sea aplicable y no queden incursos en alguna de las causales de pérdida del beneficio.

Los estudiantes matriculados que sean reportados como potenciales beneficiarios de la Política de gratuidad pero que el Ministerio no les asigne definitivamente el beneficio deberán pagar la matrícula con recursos propios, por el valor ordinario sin recargos adicionales, para lo cual se tendrá, como mínimo, un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del recibo de pago, vencido este plazo, se dispondrán hasta cinco (5) días adicionales para pago extraordinario. En todo caso, se garantizará la continuidad de los servicios académicos y administrativos de dicho periodo académico. 

No, es necesario pagar el valor de la matrícula previo al ingreso a clases, salvo que la Universidad así lo indique o salvo que haya cargado otros conceptos, no financiables con Política de Gratuidad, que deba pagar con recursos propios. 

Luego de aceptar la carga académica, basta con aguardar a la fecha de generación de recibos y, posteriormente, verificar entre las 8 y 72 horas siguientes para que se aplique el concepto en el recibo de matrícula. En caso de no tener el concepto aplicado verifique: 

si la carga académica quedó correctamente aceptada o que tenga una extracreditación sin autorización por parte del Programa Académico;  

Al ser beneficiario de algún otro descuento, incentivo o estimulo (apoyos económicos) otorgados mendiante resolución rectoral debe aguardar hasta tanto se apliquen dichos apoyos para poder liquidar correctamente el valor de matrícula neta por concepto de Política de gratuidad. Se recomienda validar directamente con la unidad académico-administrativa que gestiona el apoyo económico.  

La ausencia de recibo de matrícula puede obedecer a la falta de activación de la carga académica o la realización extemporáneo de está, es procedente consultar con el programa académico el estado de la carga académica y aguardar al nuevo ciclo de generación de recibos de matrícula conforme las fechas establecidas en el calendario académico. 

Ninguna, únicamente se recomienda al estudiante mantener su condición por la cual fue admitido en la Política (Artículo 11 del Reglamento Operativo 2024). 

Diligenciar oportunamente los formularios de devolución de recursos propios (efectivo, consignación bancaria, cesantías, crédito educativo o crédito bancario), todo o parte del valor de matrícula, por asignación de Política de Gratuidad, los cuales se notifican directamente al correo electrónico institucional del estudiante de forma periódica dando prelación a los periodos académicos anteriores. 

Es de precisar que mientras no se haya recibido la notificación de diligenciamiento del formulario no procede la devolución por cuanto representa que aún no se ha decidido la asignación del beneficio de Política de Gratuidad o no se han recibido la totalidad de recursos por parte del Ministerio de Educación Nacional. 

No se pierde el beneficio de Política de Gratuidad por perdida de asignaturas sin embargo se convoca a los estudiantes al mérito académico y acudir a las diferentes unidades académico-administrativas para obtener apoyo transdisciplinario en caso de ser necesario. 

Para poder nivelar el plan de estudios se puede cargar la asignatura reprobada en el siguiente período académico, sin exceder los créditos académicos previstos por el nivel a cursar para así poder cubrir a asignatura con recursos de gratuidad. 

También se puede cargar la cantidad de créditos académicos del siguiente periodo académico y adicionar una extracreditación, esto es, obtener la autorización de la Decanatura para cursar los créditos adicionales de la asignatura reprobada, pero al no ser financiable con recursos de Política de Gratuidad, al estudiante le corresponde el pago según los  porcentajes establecidos.

La falta de activación de la carga académica en los plazos previstos por el calendario académico impide la liquidación de los derechos pecuniarios lo cual tiene por consecuencia que no se genere el recibo de matrícula, esto deriva en que no se aplique el beneficio de Política de Gratuidad y tiene por resultado que no se le pueda considerar como estudiante regular y activo en las bases de datos de la Universidad. 

La renovación del beneficio no tendrá en cuenta las veces que el estudiante aplace su proceso de matrícula, siempre que conserve la condición de estudiante de conformidad a lo establecido en el reglamento estudiantil de la UMNG. 

La Política de gratuidad cubre el 100% del valor de neta de la matricula. Sin embargo, es necesario que por previsión de algún eventual riesgo y adecuada distribución de los recursos públicos se carguen oportunamente los diferentes descuentos, ya que así se permite que más estudiantes puedan acceder al beneficio a nivel nacional. 

Son causales de terminación del beneficio. Las siguientes son las causales de terminación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula:  

a) Por cumplimiento de la duración del beneficio según el presente reglamento. 

b) Cuando el beneficiario(a) haya accedido a la Política de Gratuidad en la Matrícula con información no veraz, o con documentos adulterados.  

c) Cuando pierda la condición de estudiante de acuerdo con los reglamentos internos de las IES, la cual deberá informarlo al Ministerio de Educación Nacional a través de la plantilla de caracterización.  

d) Obtener un título de profesional universitario.  

e) Por fallecimiento del estudiante. 

ICETEX

La Universidad Militar Nueva Granada, legalizará los créditos nuevos ante ICETEX, de conformidad con lo señalado por dicha entidad, información que puede consultar en el siguiente link: https://web.icetex.gov.co/creditos 

El estudiante o aspirante que está solicitando el crédito nuevo con ICETEX debe tener en cuenta que el pago del recibo se realiza cuando el trámite se encuentra en estado de Concepto Jurídico Viable, de no obtenerlo deberá realizar el pago con recursos propios. 

La consulta del estado de la solicitud se realiza en el sistema de información ICETEX, en la opción consulta de resultados link https://web.icetex.gov.co/creditos/gestion-de-credito/consulta-de-resultados 

Si la universidad realizó la legalización del crédito ICETEX antes del vencimiento de las fechas de pago ordinario o extraordinario y el ICETEX no ha otorgado en la plataforma el Concepto Jurídico Viable, el aspirante o estudiante deberá pagar con recursos propios para poder acreditar la calidad de estudiante Activo. En caso de obtener el concepto jurídico viable de forma posterior a las fechas límites de pago tendrá 15 días hábiles siguientes al giro del recurso para solicitar la devolución del valor pagado con recursos propios, en caso contrario se abonará de manera automática al siguiente periodo académico y en caso de que se genere un excedente de pago el estudiante deberá asumirlo con recursos propios.

Una vez finalizado la firma de pagaré, el ICETEX procederá a registrar el estado concepto jurídico viable para posteriormente iniciar el desembolso. El proceso de desembolso o giro a la universidad puede gestionarse en aproximadamente 20 días hábiles.

Debe ingresar al sistema de información ICETEX con el mismo correo electrónico, usuario y contraseña registrada con el que se hizo la primera solicitud, y realizar la nueva solicitud de crédito. En todo caso, previo al inicio del periodo académico.

El correo con la información de usuario y contraseña llega al correo electrónico registrado en la solicitud dentro de los tres días siguientes a que la solicitud de crédito quede en estudio. 

Si hubo un error en la digitación del correo electrónico del codeudor, se debe comunicar con los canales de atención del ICETEX:
Call center: 333 6025656, línea nacional 018000-916821, PBX 601 3821670; consultar otros canales de atención: https://web.icetex.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/canales-de-atencion/lineas-de-atencion-telefonica o dirigirse al centro de atención del ICETEX.

El estudiante debe actualizar los datos en el sistema de información ICETEX a través del siguiente enlace: https://web.icetex.gov.co/creditos/gestion-de-credito/renovacion-del-credito, el formulario diligenciado se debe cargar en Univex IV. En caso de que el estudiante sea beneficiario de la Política de Gratuidad, se realizará la renovación por un (1) peso.

El estudiante debe solicitar la renovación del crédito semestralmente, en las fechas establecidas por la UMNG. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el proceso de renovación inicia a partir de la fecha de generación de los recibos de matrícula, NO desde el momento del envío del formulario. En todo caso, en el portal estudiantil Univex IV, se informará si procede la renovación, o en caso contrario se expondrán los motivos.

Si, la solicitud se debe realizar a través de la página web del ICETEX en la opción giros adicionales, link: https://web.icetex.gov.co/creditos/gestion-de-credito/solicitud-de-giros-adicionales

Si, semestralmente se realizará la renovación por un peso. 

DESCUENTOS

La sumatoria de estímulos académicos, descuentos, apoyos económicos e incentivos, en las categorías definidas en la reglamentación institucional, no pueden superar el 50% en ningún caso.  

Con el cargue en la plataforma Univex del certificado electoral vigente y documento de identidad, y en los tiempos establecidos que indique la División Financiera mediante comunicado oficial.  

En caso de requerirse documentos adicionales la División Financiera informará de forma oportuna por los medios institucionales dispuestos.  

Información en actualización, para más aplicar al descuento acceder a: https://umng.edu.co/division/financiera/

Con el cargue en la plataforma Univex de la documentación según su condición:  

1. Las certificaciones de Institucionalidad del PERSONAL CIVIL, debe registrar vinculación laboral como empleado público o trabajador oficial con un periodo de antigüedad no inferior a un (1) año. De igual manera, DEBEN solicitar a la Jefatura de Talento Humano de su entidad, que envíe un correo confirmando su vinculación a seguridad.campus@unimilitar.edu.co

2. Estudiantes hijos menores de 25 años de edad o cónyuges de Pensionados o con asignación de retiro DEBEN cargar documentos de conformidad con lo solicitado en el presente comunicado.

3. Estudiantes de Posgrados Médicos Teniendo en cuenta su inicio de año académico (entre agosto y octubre de 2024), deben realizar la carga de documentos para acceder al beneficio en las fechas acá establecidas.

4. Estudiantes de Reingreso y Transferencias internas para 2024-2: Debe cargar los documentos para acceder al beneficio de acuerdo a los lineamientos y fechas acá establecidas. Para este grupo de estudiantes, la plataforma se encuentra habilitada en las fechas acá establecidas. 

5. Estudiantes de Especialización en alta gerencia a distancia: Debe cargar los documentos para acceder al beneficio de acuerdo a los lineamientos y fechas acá establecidas, con alcance al trimestre 2024-3.

El estudiante deberá cerciorarse que el convenio al cual va a aplicar este vigente para el periodo académico a cursar; posterior a ello, realizará el cargue en la plataforma Univex de la constancia expedida por la Alcaldía Municipal o Secretaría de educación del municipio no mayor a 30 días por la cual es beneficiario, que deberá indicar nombre, número de identificación y acreditar CINCO (5) AÑOS de residencia en el Municipio que lo presenta como beneficiario. 

Adicional a ello, verificar aspectos referentes al cumplimiento de los requisitos establecidos en el respectivo Convenio con el Municipio, debidamente avalado por el Supervisor del convenio asignado por la UMNG. 

El descuento por Institucionalidad no es devolutivo, ni acumulativo. 

DEVOLUCIONES

Cancelación carga académica: Si la devolución corresponde a la cancelación total de la carga académica, el valor a devolver estará sujeto al Reglamento Estudiantil, Artículo 23. Reembolso del valor de la matrícula. 

Para efectos del trámite de cancelación, consulte el siguiente enlace: https://umng.edu.co/division/financiera/

La devolución masiva es una modalidad de devolución, organiza directamente la sección de matrículas de la División Financiera, que tiene como fin el reintegro y/o reembolso de dinero a una cantidad considerable de estudiantes que se sujetan a un mismo concepto de devolución. 

Ahora bien, el estudiante que se encuentre en este trámite deberá ajustarse a los lineamientos brindados por el área competente como el diligenciamiento de formularios u otro mecanismo que se disponga.  

La devolución individual corresponde a la modalidad de devolución que se origina cuando el estudiante, aspirante o financiador origina un derecho a devolución por un concepto que por su característica resulta ser especifico. Este tipo de devolución se solicita directamente a través de la plataforma Univex. 

MEDIOS DE PAGO

La Universidad no tiene planes de financiación o acuerdos de pago para ningún tipo de recibo de derechos de matrícula o recibos de derechos pecuniarios u otros, por cuanto, el estudiante es libre de elegir con que entidad puede tomar un crédito de estudios o, bien, combinar diferentes formas de pago (pago en efectivo, cheque, cesantías, crédito o programas de gratuidad) para completar el saldo del recibo dentro de los plazos ordinarios o extraordinarios en caso de que los hubiere. 

Con su orden de matrícula (recibo) puede realizar el pago directamente en las oficinas del Banco ITAU a nivel nacional, el pago será reflejado de inmediato en nuestro sistema de matrículas. 

A través del siguiente link: https://www.umng.edu.co/pagos-en-linea  siguiendo las instrucciones.

Los pagos mediante PSE https://www.umng.edu.co/pagos-en-linea se reflejarán en el sistema de matrículas a las 24 horas de haber sido realizado. 

Los medios de pago para recibos de matrícula u otros servicios Académico-administrativos se encuentran descritos en el siguiente link: https://www.umng.edu.co/medios-de-pago

No, únicamente cheques de gerencia o de fondos de cesantías. 

Si, el pago en línea puede hacerlo con tarjeta débito o con tarjeta crédito VISA y MASTERCARD. 

Derechos de grado

Implementación de la Ley 2391 de 2024

Actualmente los derechos de grado son cobrados conforme a lo dispuesto en la Resolución sobre derechos académicos, asistenciales u otros: https://umng.edu.co/wp-content/uploads/2026/04/Resolucion-12598-servicios-academicosAsistenciales-2026.pdf

Ahora bien, la Ley 2391 de 2024 «Por medio de la cual se establece la gratuidad en el pago de los derechos de grado de estudiantes pertenecientes a los grupos, A, B y C del Sisbén IV, grupos étnicos, población campesina, población víctima del conflicto armado, y población con discapacidad en las instituciones de educación superior públicas, y se dictan otras disposiciones», en el artículo 5° dispone lo siguiente:   «El Gobierno Nacional reglamentará la presente ley en un plazo no superior de seis (6) meses a partir de su expedición». 

En consecuencia, mientras no se surta el proceso de reglamentación por parte del Gobierno la misma no tiene aplicabilidad y, a su vez, la Universidad no ha recibido lineamiento ni recurso alguno frente a lo dispuesto en el artículo 4° de la misma norma, por cuanto: 

El pago de los derechos de grado se realizará de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo del Gobierno Nacional. Los recursos de financiación de la presente ley estarán a cargo del Presupuesto General de la Nación. 

En este sentido, los derechos de grado deben ser pagados por parte del egresado no graduado para así poder acceder a la formalización de su graduación. Para mayor información consultar: https://umng.edu.co/estudiantes/ceremonias-de-grado/

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