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La Oficina de Control Interno Disciplinario se incluyó dentro de la “Estructura Académica Administrativa de la Universidad Militar Nueva Granada” por virtud de lo establecido en el Acuerdo No. 04 del siete (7) de julio de dos mil once (2011), en cuyo artículo 1° se señala que forma parte de la organización de esta Casa de Estudios, como dependencia adscrita a la Rectoría.
Por medio de la Resolución No. 1781 del veintidós (22) de mayo de dos mil dieciocho (2018), expedida por el Rector de la Universidad Militar Nueva Granada, se definió la estructura administrativa inicial de la Oficina de Control Interno Disciplinario. No obstante, para garantizar la separación de los roles de instrucción y juzgamiento en el trámite de los procesos disciplinarios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1952 de 2019, adicionada y modificada por la Ley 2094 de 2021, la organización de la Oficina se modificó a través de las Resoluciones Rectorales No. 0223 del veintinueve (29) de marzo de dos mil veintidós (2022) y No. 0590 del dieciocho (18) de julio de dos mil veintidós (2022).
En la actualidad, la Oficina de Control Interno Disciplinario se encuentra organizada de la siguiente manera:
De acuerdo con lo consagrado en los artículos 2 –inciso quinto– y 93 de la Ley 1952 de 2019, en su orden modificados por los artículos 1° y 14 de la Ley 2094 de 2021, la Oficina de Control Interno Disciplinario está llamada a cumplir, en general, con todas aquellas funciones que le permitan adelantar, en debida forma, los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores públicos adscritos a la Universidad Militar Nueva Granada.
Coordinar, controlar y garantizar el cumplimiento de la función disciplinaria interna en la Institución.
Garantizar y preservar el principio de la doble instancia, debido proceso y los demás principios rectores de la Ley Disciplinaria.
Adelantar las indagaciones preliminares, conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los funcionarios de la Universidad.
Registrar y mantener actualizada la información sobre las actuaciones disciplinarias adelantadas en la Institución.
Prestar la asesoría y colaboración profesional que requieran las diferentes Dependencias de la Universidad en materia disciplinaria.
Realizar un adecuado control sobre la gestión disciplinaria a fin de garantizar que el Proceso Disciplinario se desarrolle dentro de un término razonable.
Notificar a la Procuraduría General de la Nación de la iniciación de las investigaciones disciplinarias, así como ejecutoriar y registrar las sanciones impuestas.
Las demás que le sean asignadas por la Rectoría conforme a la naturaleza del cargo.
Calle 100 No. 9 A – 45 piso 11, Edificio 100 Street.
Teléfono: (+57) (601) 650 0000 EXT. 1025 – 1026.
Las quejas, denuncias e informes para poner en conocimiento del Grupo de Instrucción Disciplinaria la ocurrencia de hechos presuntamente constitutivos de falta disciplinaria, se pueden enviar a la dirección de correo electrónico: cidisciplinario@unimilitar.
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