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UMNG / Transparencia / Políticas de Seguridad de la Información
POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE LA INFORMACIÓN
La Universidad Militar Nueva Granada, entendiendo la importancia de una adecuada gestión de la información, se ha comprometido con la implementación de un sistema de gestión de seguridad de la información buscando establecer un marco de confianza en el ejercicio de sus deberes con el Estado y los ciudadanos, todo enmarcado en el estricto cumplimiento de las leyes y en concordancia con la misión y visión de la Universidad.
Para la Universidad Militar Nueva Granada, la protección de la información busca la disminución del impacto generado sobre sus activos, por los riesgos identificados de manera sistemática con objeto de mantener un nivel de exposición que permita responder por la integridad, confidencialidad y la disponibilidad de la misma, acorde con las necesidades de los diferentes grupos de interés identificados.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Ley 1581 de 2012 de protección de datos Personales ver
La UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA adoptará las medidas oportunas para difundir el presente documento a todas las personas que forman parte de su organización y tienen acceso a los datos personales, para que puedan informar a los titulares del procedimiento a seguir en estos casos.
Base legal y derechos de los Titulares
El derecho a la Protección de los Datos tiene como finalidad permitir a todas las personas conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en archivos o bases de datos. Este derecho constitucional se recoge en los artículos 15 y 20 de la Constitución Política; en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, ¿Por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales¿ (en adelante LEPD); y en el Decreto 1377 de 2013, ¿Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012¿.
De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD y a los artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013, los titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales. Estos derechos podrán ejercerse por las siguientes personas.
1. Por el titular, quién deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición el responsable.
2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.
3. Por el representante y/o apoderado del titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
4. Por estipulación a favor de otro y para otro.
Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.
Los derechos del titular son los siguientes:
Definiciones establecidas en el artículo 3 de la LEPD y el artículo 3 del Decreto 1377 de 2013
Atención a los Titulares de datos
Oficina de Protección al Patrimonio, de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA será el encargado de la atención de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el Titular de los datos puede ejercer sus derechos por medio del Correo electrónico: protecciondedatos@unimilitar.edu.co
Procedimientos para ejercer los derechos del Titular
Derecho de acceso o consulta
Según el artículo 21 del Decreto 1377 de 2013, el titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales en dos casos:
1. Al menos una vez cada mes calendario.
2. Cada vez que existan modificaciones sustanciales de las políticas de tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.
Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, la Universidad Militar Nueva Granada solo podrá cobrar al titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando ésta así lo requiera, el soporte de dichos gastos.
El titular de los datos puede ejercitar el derecho de acceso o consulta de sus datos mediante un escrito dirigido a la Universidad Militar Nueva Granada enviado, bien al correo electrónico protecciondedatos@unimilitar.edu.co, indicando en el asunto, ¿Ejercicio del derecho de acceso o consulta¿, o bien a través de correo postal remitido a la dirección Carrera 11 No 101- 80 de la ciudad de Bogota D.C. La solicitud deberá contener los siguientes datos:
El titular podrá elegir por una de las siguientes formas de consulta de la base de datos, para recibir la información solicitada:
Una vez recibida la solicitud, la Universidad Militar Nueva Granada resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. Estos plazos están fijados en el artículo 14 de la LEPD.
Una vez agotado el trámite de consulta, el titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Derechos de quejas y reclamos
El titular de los datos puede ejercitar los derechos de reclamo sobre sus datos mediante un escrito dirigido a la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA enviado, bien al correo electrónico protecciondedatos@unimilitar.edu.co indicando en el asunto, ¿Ejercicio del derecho de acceso o consulta¿, o bien a través de correo postal remitido a la dirección Carrera 11 No 101- 80de la ciudad de Bogota D.C. La solicitud deberá contener los siguientes datos:
Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga ¿reclamo en trámite¿ y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
La Universidad Militar Nueva Granada resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender al reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Una vez agotado el trámite de reclamo, el titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Infracciones y sanciones
De acuerdo con el Capítulo 2 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, ¿Por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales¿, la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer sanciones por el incumplimiento de la normativa sobre protección de datos al responsable del tratamiento o al encargado del tratamiento. Las posibles sanciones son:
Documentos